Banca Ciudadana
Los concejales, en su carácter de representantes directos de la ciudadanía, deben presentar proyectos y sancionar ordenanzas tendientes a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la ciudad, atendiendo sus necesidades e inquietudes. Desde este ámbito, también se destaca la importancia de fomentar nuevas prácticas democráticas que alienten a la participación ciudadana. Por ello, a través de la Ordenanza 15/2019 del Concejo Deliberante de la Ciudad de San José, se crea la figura de la “Banca Ciudadana” cuyo objeto consiste en permitir que los ciudadanos e instituciones de nuestra ciudad expongan propuestas, problemáticas e inquietudes de interés municipal.
Por otro lado, los ciudadanos no podrán presentar proyectos que versen sobre cuestiones políticas partidarias, de índole religioso, cuestionamientos personales, temas referentes a presupuesto municipal e impositivo.
Durante el período de sesiones ordinarias, el Concejo Deliberante permitirá la participación en “Banca Ciudadana” a toda persona que:
- Sea mayor de 18 años.
- Sea contribuyente y tenga residencia inmediata anterior mínima de 4 años en la ciudad.
- Acredite ser Representante Legal de alguna institución local.
Para acceder a la Banca Ciudadana, se debe presentar una solicitud manifestando dicha voluntad, por escrito, ante Mesa de Entradas de la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante.
Requisitos para la solicitud:
- Nombre, apellido, número de documento, dirección y teléfono del expositor o bien, de la institución.
- En el caso de las instituciones deberán adjuntar autorización por escrito de representación, nombre, fines, domicilio y copia del acta donde conste su designación como representante de la entidad.
- Nota de presentación con descripción breve y precisa del tema a tratar, respaldada por la firma de 5 vecinos (además del solicitante), que tengan residencia no menor de 4 años en la ciudad e identificación personal.
Luego de presentada la solicitud, se notificará al expositor por medio de la Secretaría del HCD, la fecha de la sesión donde podrá exponer su proyecto, con una antelación no menor a 48 horas de la misma. El orden de exposición se establecerá de acuerdo al orden de inscripción y será para un ciudadano por sesión.
- El tiempo estipulado de exposición será de 15 (quince) minutos, sin interrupciones. El expositor no podrá entrar en debate con miembro alguno del Honorable Concejo Deliberante.
- Luego de la exposición, se dispondrá de un período de 15 (quince) minutos donde los Concejales solo podrán formular preguntas.
- El expositor podrá plantear exclusivamente a los concejales el tema presentado en su solicitud. En caso que el orador se aparte de la cuestión establecida, será considerado infractor y quedará inhabilitado para ocupar la banca por dos (2) años.-
Los expositores podrán utilizar la Banca Ciudadana hasta 2 veces por período ordinario anual, y con una diferencia mayor a 3 meses entre cada exposición.
Si el solicitante renuncia a acudir o no se presenta en la fecha establecida a la “Banca Ciudadana” quedará desplazado automáticamente, perdiendo el turno y debiendo cumplimentar una nueva solicitud para poder participar nuevamente.